LOS PRESOS MUERTOS EN PERGAMINO, el General San Martín y las cárceles

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En momentos en que desde el poder se humilla la figura de nuestros próceres borrándolos de nuestra moneda en beneficio de animales salvajes como si careciéramos de historia, en momentos que se le entrega la máxima condecoración de la república, la Orden del Libertador General San Martín al descendiente del borbón al cual éste combatió con decisión y denuedo, es bueno recordar, como lo hace aquí la autora, cual fue su pensamiento y acción respecto al sistema carcelario. Sobre todo en momentos en que la impunidad y la absoluta falta de empatía con los humildes y marginados ha dado como resultado que los policías de la comisaría de Pergamino que tenían las llaves de los calabozos no los abrieran. con el resultado mortal que conocemos. ¿Dónde está el ministro Cristian Ritondo? ¿Pasó a la clandestinidad?

Bonus track (al final) un elocuente texto de Gabriel Mariotto.

PRESOS MUERTOS EN PERGAMINO: SAN MARTÍN Y LAS CÁRCELES

 

POR ARACELI BELLOTA / PRESENTE DE LA HISTORIA

Siete presos murieron en la Comisaría 1° de Pergamino luego de que se produjera un incendio que, según la Policía, se desató luego de la pelea entre dos de los detenidos. Sin embargo, familiares de los muertos mostraron mensajes de texto enviados por los presos en los que pedían que fueran a salvarlos porque la policía quería matarlos. Aunque todavía la fiscalía investiga las razones de lo sucedido, sí queda claro que los 19 detenidos estaban alojados en tres calabozos que no superan los tres metros por cuatro.

Hace poco más de dos siglos, entre 1814 y 1816, el general José de San Martín fue designado como gobernador Intendente de Cuyo, quien era consciente de le tocaba ejercer el mando en una época caracterizada por una radical transformación social y política. La Revolución se proponía modificar el régimen absolutista y colonial, pero tenía que imponer nuevas reglas que debían ser aceptadas por todos.

Al poco tiempo de llegar a Mendoza, se ocupó de reformar el sistema carcelario el que se regía por la Recopilación de las Leyes de Indias establecidas por los españoles. Para las mujeres creó una “casa de recogimiento”, en la que, además de cumplir con los fines de enmienda, debía también colaborar con la empresa colectiva de la independencia. Para eso, en un oficio dirigido al Cabildo, el 13 de mayo de 1816, dispuso que las reclusas contribuyeran con su trabajo en la confección de parte del vestuario del Ejército de los Andes.

Pero, al mismo tiempo que aplicaba rigor, también atendió a los derechos humanos de los presos, cuestionando que sólo se les diera una comida diaria. “Me ha conmovido la noticia que acabo de oír, –escribió San Martín al Cabildo- de que a los infelices encarcelados no se les suministra sino una comida cada 24 horas. La transmito a V.S. para que penetrado de iguales sentimientos propios de su conmiseración, se sirva disponer se les proporcione cena a horas que no altere del régimen de la cárcel”.

“Aquel escaso alimento –agregó- no puede conservar a unos hombres, que no dejan de serlo, por considerarlos delincuentes. Muchos de ellos sufren un arresto precautorio solo en clase de reos presuntos. Las cárceles no son un castigo sino el depósito que asegura al que deba recibirlo. Y ya que las nuestras, por la estúpida educación española están muy lejos de equipararse a la policía admirable que brilla en la de los países cultos, hagamos lo posible por llegar a imitarles. Conozca el mundo que el genio americano, abjura con horror de las crueles actitudes de sus antiguos opresores y que el nuevo aire de libertad que empieza a respirarse, extiende su benigno influjo a todas las clases del Estado”.

La misma actitud repitió cuando asumió como Protector del Perú, luego de libertar a esa nación. Según informó la Gaceta del Gobierno del 15 de octubre de 1821, San Martín dispuso hacer “una visita general de cárceles y al efecto ordenó que los juzgados, así civiles como militares, le presentasen listas individuales de todos los presos y del estado de sus causas, con esclarecimiento de los delitos que había ocasionado su separación de la sociedad, y sobre las consideraciones que podían influir en su libertad”.

El diario da cuenta de que ese día San Martín se reunió con los ministros de Estado, el presidente de la Alta Cámara de Justicia, los fiscales, abogados, procuradores, los alcaldes, el auditor de guerra y jueces de primera instancia para visitar las dos cárceles principales, examinando detenidamente cada una de las causas de los detenidos, y sostiene que “examinando el estado de las causas pendientes y oídas las reclamaciones y exposición de los delincuentes, varios fueron puestos en libertad, otros aliviados de sus prisiones y S.E. ordenó que todas las causas concluyesen dentro del término de 20 días”.

Por decreto del 16 de octubre de 1821, dispuso por decreto la abolición de la pena de azotes, y en otro decidió abolir para siempre toda especie de tormento y mandando que jamás se hiciera uso de los horrendos calabozos, conocidos como infiernillos, donde se sepultaban, se desesperaban y morían los hombres bajo el anterior gobierno español”.

Pese a que su gestión en el Perú duró apenas 1 año y 17 días, San Martín tuvo tiempo para dejar en Perú un Reglamento Carcelario de 20 artículos que, el 23 de marzo de 1822, firmó su ministro Bernardo de Monteagudo.

Hace casi dos siglos, el general San Martín demostró que es posible poner orden y combatir el delito sin violar los derechos humanos, y además indicó el camino para lograrlo.

Fuentes:

García Basalo, Juan Carlos. San Martín y la reforma carcelaria: aporte a la historia del derecho penal argentino y americano. Ediciones Arayú. Buenos Aires. 1954.

http://presentedelahistoria.com/presos-muertos-en-pergamino-san-martin-y-las-carceles/


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