OKUPAS. Procesan a Menem y Cavallo por haber entregado La Rural a precio vil… que nunca fue pagado
Fallo de la Sala II de la Cámara Federal porteña
Procesan a Menem por la venta de la Rural
El tribunal revocó el sobreseimiento que había beneficiado al ex presidente y confirmó el proceso contra Domingo Cavallo.
Por Gabriel A. Morini / Tiempo Argentino
Para la justicia, el predio de La Sociedad Rural en Palermo fue vendido a «precio vil» por el ex presidente Carlos Saúl Menem a comienzos de la década del ’90. La Sala II de la Cámara Federal porteña resolvió ayer el procesamiento del ex mandatario por el delito de peculado que tiene una pena de dos a diez años de prisión para los funcionarios públicos. Así revocó su sobreseimiento por prescripción en primera instancia, y confirmó en el mismo pronunciamiento, el proceso contra el ex ministro de Economía, Domingo Cavallo bajo la misma acusación de «malversación de caudales públicos».
«Las pruebas reunidas indican que todos los imputados tomaron parte en una operación ideada conjuntamente, mediante la cual se sorteó la necesaria intervención del Congreso de la Nación –y de entes cuya opinión no fue requerida– y se acordó un precio vil para la enajenación», señaló el fallo firmado por los camaristas Horacio Cattani, Martin Irurzún y Eduardo Farah. La decisión de los jueces incluye a los ex titulares de la Sociedad Rural en esa época, a quienes actuaron como tasadores del Banco Ciudad y del Banco Hipotecario, y a los integrantes de la entonces Comisión de Venta de Inmuebles Estatales del Ministerio de Economía. Ordenó además que se trabe un embargo sobre los bienes de Menem y Cavallo.
Los peritos tasadores de la Corte Suprema de Justicia concluyeron que al momento de la cesión del predio, el valor de los terrenos era de $ 131.800.000 pesos-dólares. El traspaso aprobado por Menem mediante el Decreto 2699 del 20 de diciembre de 1991 fijó el valor en 30 millones de dólares, una cuarta parte de su precio de mercado. Ese mismo día se firmó el boleto de compra-venta y la hipoteca según la cual la Sociedad Rural –que hasta entonces arrendaba el predio de 14 hectáreas ubicadas frente a Plaza Italia– abonaría 10 millones al comienzo y luego diez cuotas consecutivas por año de 2 millones de dólares cada una.
La cuestionada tasación fue elaborada en sólo once días por Juan Insua, Raúl Angelini, Ricardo Schapiro y Juan Carlos Raco, funcionarios del Banco Ciudad a pedido del director de la Comisión Venta Inmuebles Estatales, Gastón Figueroa Alcorta. Los jueces recordaron que en el mismo expediente, otros miembros del área legal indicaron que el precio mínimo del predio de Palermo era de 60 millones, pero el decreto firmado por Menem evitó que el tema fuera tratado en el Congreso mediante una ley especial y permitió el traspaso a la entidad entonces presidida por Eduardo De Zavalía y secundado por Juan Ravagnani, también procesados.
Los jueces Cattani, Irurzún y Farah consideraron en su fallo que el acto donde se aprobó la venta del Predio Ferial de Palermo «resulta un eslabón más de todos los demás hechos que, con acierto, se entendieron constitutivos de una maniobra delictiva urdida con el propósito de sustraer al bien del patrimonio estatal (art. 261, primer párrafo, del CP)».
«Puede afirmarse que Carlos Menem, Domingo Cavallo, Matías Ordóñez (ex presidente de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales) y Gastón Figueroa Alcorta, dadas sus funciones específicas, tuvieron dominio del hecho, al ejecutar la maniobra ilícita pese a contar con información clara que les permitía obrar con arreglo a derecho», señaló la Sala II sobre la causa que instruyó el juez federal Sergio Torres. Cuestionaron «el acuerdo de un precio visiblemente perjudicial para los intereses estatales, al que se arribó mediante un procedimiento irregular e inmotivado». El procesamiento recayó también sobre los agentes del Hipotecario, Jorge Frost, Daniel Ivakhoff y Carlos Ratto. Los camaristas entonces solicitaron a Torres que disponga los trámites para elevar el expediente a juicio oral.
La SRA había obtenido a su favor una medida cautelar otorgada por la Cámara Civil y Comercial Federal durante la feria judicial de enero de 2013, cuando el Poder Ejecutivo dispuso su enajenación, fallo que fue duramente cuestionado por el gobierno a raíz de la evidencia encontrada en esta causa que volvía «nula» la operación de cesión.