Prohibieron al suspendido juez Hooft salir del país

Le dio la razón al fiscal por "las excepcionalísimas circunstancias del caso" 

La Cámara de Casación prohibió la salida del país del suspendido juez Pedro Hooft

 
 

 

 

TÉLAM

La Cámara de Casación Penal prohibió hoy la salida del país del suspendido juez Pedro Cornelio Federico Hooft, acusado de complicidad con delitos de lesa humanidad cometidos en Mar del Plata durante la última dictadura cívico-militar. Con la firma de sus tres integrantes -Alejandro Slokar, Pedro David y Ángel Ledesma- y del secretario Cristian Varela, la Cámara hizo lugar al recurso de queja presentado ayer por el fiscal general Javier Augusto de Luca, quien fundamentó su presentación directa ante dicho tribunal en razón del rechazo de un recurso de queja anterior, presentado por el fiscal Pablo Enrique Ouviña ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata para que reconsiderara su rechazo del pedido de que prohibiera la salida del país de Hooft, recurso que la cámara marplatense rechzó in limine por considerarlo "inadmisible".

La Cámara de Casación Penal consideró que "las inmunidades previstas por ley no constituyen un privilegio que contemple las personas, sino las instituciones y el libre ejercicio de los poderes" para cuya función Hooft se encuentra suspendido.

Agregó que si bien la Ley 25.320 "limita la coerción necesaria para la persecución penal a aquellas medidas que puedan afectar la inmunidad de arresto del magistrado imputado" esa es una "hipótesis ajena a la medida solicitada".

Recordó luego el "señalamiento del tribunal cimero (en alusión a la Corte Suprema de Justicia) acerca de que pesa sobre los jueces es un "especial deber de cuidado para neutralizar toda responsabilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación".

Por todo ello, y teniendo en cuenta "las excepecionalísimas circunstancias del caso", la Cámara de Casación resolvió hacer lugar al recurso de queja y "Disponer la prohibición de salida del país" de Hooft.

El fiscal De Luca había pedido esta medida alegando que "la eventual responsabilidad internacional del Estado argentino se encuentra comprometida, en caso que el imputado eluda la acción de la justicia" y recordó que "existen 72 imputados que hasta la fecha se encuentran prófugos, incluidos jueces y funcionarios".

Recordó el caso del general retirado Eduardo Alfonso, ex secretario general del Ejército, "quién se diera a la fuga en una fecha inmediata anterior al dictado de la resolución (…) en la que se resolvió revocar el sobreseimiento y devolver los autos al Juzgado Federal de origen con la celeridad y resguardos que el caso imponía para que dictara el procesamiento del imputado".

Argumentó al respecto que no pedía una medida restrictiva de la liberatad ambulatoria de Hooft, sino "una restricción para salir del país regulada por el artículo 14 de la Constitución Nacional con el fin de prevenir que los tribunales argentinos pierdan jurisdicción sobre el imputado."



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