AFI – FARIÑA – GARAVANO. Gustavo Arribas y Silvia Majdalani (foto) admitieron haber delinquido al enviar emisarios a apretar jueces para que metieran preso a Pablo Moyano

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Habia pasado solo un día desde que Néstor Espósito publicó esta nota cuando se supo (gracias a una denuncia presentada en las últimas horas por tres miembros de la comisión bicameral que supervisa el accionar de los servicios de inteligencia, el senador Marcelo Fuentes y los diputados Leopoldo Moreau y Rodolfo Tailhade, ver más abajo) que la banda de los espías extornellis no es paraestatal sino plenamente estatal. Fue porque los jefes de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani (quienes reportan únicamente al presidente Macri) admitieron haber enviado a dos altos agentes a presionar a dos jueces para que metieran preso a Pablo Moyano.  “Paraestatal” es, pues, apenas un eufemismo. Como cuando a mediados de los años 70 del siglo pasado de decir que la Alianza Anticomunista Argentina o Triple A era, aqui, en la ciudad de Buenos Aires, una banda “parapolicial”…

Respecto a la nota de Espósito, le viene como anillo al dedo este tuit de

La denuncia que puede conectar a D’Alessio con la “Operación Fariña”

 

D’Alessio llega al juzgado federal de Dolores tapado (a pesar de su rostro es ampliamente conocido) en manos de la Prefectura Naval… con la que participaba en decomisos de droga en nombre de la DEA.

La ex abogada del financista dejó un escrito en la Justicia en el que afirma que a su cliente le “guionaron” su declaración contra Lázaro Báez, apostando a que Báez involucre a CFK.

La supuesta red de espionaje por la que está preso el falso abogado Marcelo D’Alessio pudo haber manipulado a un preso para que involucrara, con datos probablemente ciertos, a un empresario vinculado con el kirchnerismo. Y, en un segundo paso, hacer jaque mate con la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. La trama es sórdida. La investigación sobre esos supuestos hechos ni siquiera ha comenzado. Pero la denuncia ya está en el juzgado federal de Dolores, donde el juez Alejo Ramos Padilla investiga a una organización (por ahora) paraestatal de inteligencia ilegal.

La exabogada del financista Leonardo Fariña, Giselle Robles, dejó el viernes en Dolores un escrito de una decena de páginas que podría ser una bomba de alto impacto o un chaskibum. Prudencia. Lo que sí está claro es que ese texto y la documentación que acompañó abrirán un nuevo capítulo en la investigación sobre la presunta asociación ilícita dedicada a la extorsión, el espionaje político y ahora también, según esa presentación, al direccionamiento y la manipulación de causas judiciales.

Robles dejó por Mesa de Entradas del juzgado una descripción sobre cómo Fariña habría recibido mientras estuvo preso instrucciones a través de ella para complicar al empresario Lázaro Báez. Según reconstruyeron fuentes judiciales, la abogada explicó que, desde la prisión,  Fariña le facilitó el acceso a una cuenta de e-mail en la que habría recibido instrucciones sobre lo que debía declarar ante el juez federal Sebastián Casanello con el objetivo final de obtener la excarcelación. ¿A cambio de qué? Según Robles, de una carambola que impactara primero en Báez para que este se convirtiera también en arrepentido e hiciera caer con su relato a CFK.

Robles era la abogada del barrabrava de Boca Juniors Maximiliano Mazzaro, a quien Fariña conoció en prisión. Lo que se insinuaba como una relación conflictiva (porque Fariña es amigo de Rafael Di Zeo, otro barra por entonces enfrentado con Mazzaro), no lo fue. La abogada asumió la defensa de Fariña. En 2016 el financista declaró como arrepentido ante Casanello, pero lo hizo con un régimen diferente al actual. En aquel momento podía mentir, porque declaraba como imputado, en indagatoria. Hoy no podría hacerlo porque la mentira en ese caso se traduce en un delito adicional con diez años de prisión. Cada uno elige qué riesgos asumir.

La clave parece estar en una cuenta de mail, elturista@prontomail.com. Robles sostiene que esa cuenta era de Fariña, que él le facilitó el password para que la utilizara mientras estaba detenido (y no tenía acceso a Internet) y que allí recibía la letra de lo que finalmente fue su declaración como arrepentido. Fariña, en cambio, asegura que la cuenta no es suya, que nunca lo fue. Así lo denunció ante Casanello cuando se rompió la relación con su abogada. (N. del E.:ya está claro que la cuenta era de la SIDE-AFI y que a través de ella Fariña recibía instrucciones para declarar en lo que concierne a la obra pública, tema del que no sabía nada; de hecho Fariña dijo casi literalmente lo escrito años atrás en presentaciones de Elisa Carrió & Co.)

Lo cierto es que cuando Fariña declaró ante Casanello, en abril de 2016, acompañado por Robles, llevaba consigo unas anotaciones manuscritas y recurrió a ellas para brindar su declaración como colaborador.

¿Qué pasó luego de esa declaración? Fariña estaba detenido a disposición de un juzgado federal de La Plata (en rigor, había dos causas, una de ellas camino a juicio oral) pero no de Casanello. Las causas de La Plata pasaron a tramitar en la Capital Federal. Entonces el financista rápidamente obtuvo la excarcelación y cambió de tribunal que lo debía juzgar en la otra causa. De esa manera quedó afuera de su juzgamiento el presidente del tribunal oral de La Plata, Carlos Rozanski. Finalmente Fariña fue condenado por un tribunal en lo Penal Económico a cuatro años de prisión. La sentencia está a revisión de la Cámara Federal de Casación Penal desde hace más de un año.

Carlos Rozanski fue destituido por no transar; Luis Majul intermedió para que Fariña pasara de convicto a loro repetidor de un guión ajeno en libertad.

Lo que parece emerger con claridad es que si Fariña fue “coucheado” para su declaración como arrepentido no fue Garavano quien lo hizo. La reunión con el ministro es posterior. Si hubo adoctrinamiento fue mientras estuvo preso. ¿Es posible que servicios de inteligencia que antes operaron contra el kirchnerismo ahora hayan cruzado de vereda y estén utilizando la misma información en sentido contrario? ¿O es que finalmente se desnudó la matriz de intromisión y operaciones de inteligencia como un grano estallado que no para de drenar pus?

Entretanto, ¿qué es de la vida de D’Alessio?

Encerrado prácticamente todo el día en una habitación inhóspita, desprovista de toda decoración, sin ventanas que permitan el ingreso de la luz del sol y sin TV ni contacto con el mundo exterior, el falso abogado Marcelo D’Alessio pasa sus días en el Hospital Penitenciario de Ezeiza (HPC) como una fiera domesticada enjaulada. Sólo lo visitan su esposa y su abogado, Claudio Fogar, sus únicas contenciones en su actual situación. Esta semana pudo ver por segunda vez, desde que está detenido, a sus hijos. Cada vez que sale de ese recinto en el que pasa sus días habla todo lo que puede con sus carceleros, como quien tiene atascadas y reprimidas las palabras en la garganta. Le estrecha la mano a cada persona con la que se cruza, pero la única referencia de otros presos son las voces (a menudo gritos por síndromes de abstinencia o tensiones con los guardiacárceles) que se filtran por los pasillos.

Ese hombre al que ahora nadie conoce tiene como mejor perspectiva en el horizonte cercano que lo trasladen a otro pabellón y romper el aislamiento. Uno de los lugares a los que podría ir es al reservado a los condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Ni siquiera tiene la posibilidad de obtener algún beneficio mayor acogiéndose al régimen del arrepentido, porque el principal obstáculo es el fiscal Juan Pablo Curi, justamente el funcionario que debería propiciar ese acuerdo de colaboración. De todas maneras, D’Alessio no está pensando –por lo menos, no seriamente– en arrepentirse.

………..

 

FORMULAN DENUNCIA

 

Sr. Juez Federal

     Marcelo Fuentes, Leopoldo Moreau y Rodolfo Tailhade, legisladores nacionales, integrantes de la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia, constituyendo domicilio en Riobamba 25, piso 12, oficina 1234 de esta Ciudad, nos presentamos y decimos:

         I. OBJETO

Que venimos a interponer denuncia penal, en los términos del artículo 174 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, contra los Sres. Mauricio Macri, Presidente de la Nación, Gustavo Arribas, Director de la Agencia Federal de Inteligencia, Silvia Majdalani, Subdirectora de la Agencia Federal de Inteligencia, Juan Sebastián De Stefano y Fernando Di Pasquale, funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia, en orden a los hechos que detallaremos a continuación:

  1. INTRODUCCION

El pasado jueves 4 de abril mantuvimos como integrantes de la Bicameral mencionada una reunión reservada con las máximas autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y en ese marco   tomamos conocimiento de hechos de gravedad institucional, que no guardan relación con las funciones y competencia del órgano parlamentario, y que pueden configurar delitos de orden público que nos obligan a denunciarlos conforme las prescripciones legales que rigen para los funcionarios públicos.

En efecto, los hechos no forman parte del Plan de Inteligencia Nacional, cuya ejecución es la que debe ser controlada por la Bicameral, de acuerdo a los art. 31 y ss. de la ley 25520, y no pueden serlo porque la ley prohíbe esta clase de actividades por parte de los organismos de inteligencia que forman parte del Sistema de Inteligencia Nacional.

No se trata de información referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la defensa nacional y la seguridad interior, ni de inteligencia criminal referida delitos federales complejos, terrorismo, narcotráfico, delitos contra el orden económico y financiero, o contra el orden constitucional, que son las funciones excluyentes de la AFI, organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional.

Nada más lejos de esto. Lo que escuchamos en la reunión no tiene que ver con la inteligencia sino con la participación de la AFI en una maniobra delictiva desplegada en medio de una operación política que interesaba particularmente al Gobierno Nacional, lo cual está muy lejos de constituir un hecho que resulte alcanzado por el trabajo parlamentario de la Bicameral. Antes bien, requiere de una intervención jurisdiccional urgente atento la gravedad institucional de la cuestión.

  

         III.HECHOS

Durante el mes de noviembre de 2018 tomó estado público que funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia habían mantenido reuniones con el juez de garantías del Departamento Judicial Lanús/Avellaneda, Luis Carzoglio, quien confirmó, posteriormente, que los agentes se reunieron con él para informarle que el Presidente (Macri)estaba interesado en la causa que llevaba adelante contra el Sr. Pablo Moyano y que tenía una obsesión: su detención.

Según se publicó: “En declaraciones a Navarro 2019, con El Destape Radio, el magistrado confirmó la declaración que hizo en una oficina de la Procuración General donde fue citado a ratificar su denuncia (publicado por el diario La Nación). Allí revelaba las presiones de parte de la AFI, ante la negativa por meter preso al sindicalista más combativo. “¿Necesitas algo?” Dijo Carzoglio que le preguntaron, como una especie de sutil ofrecimiento para que fallara como quería el Gobierno. De acuerdo al relato del magistrado, “dos funcionarios reconocidos de la AFI se reunieron conmigo en mi oficina y me dijeron que el Presidente estaba interesado en la causa Moyano”. “¿Sabe que le contesté? Que necesito hablar con el señor presidente, pero no de justicia, del país. Porque este país no lo puede manejar él solo”, agregó Carzoglio. El juez dijo que ofreció testigos, capturas de mensajes de whatsapp y hasta los nombres de las personas que se acercaron a su juzgado para intentar torcer su voluntad en torno a la causa por presunta asociación ilícita con la barrabrava de Independiente”. (https://www.eldestapeweb.com/el-destape-radio/el-juez-la-causa-moyano-confirmo-que-recibio-presiones-la-afi-nombre-del-presidente-n52103).

Al tomar conocimiento de esta situación, los suscriptos presentamos una solicitud a la Comisión Bicameral y expresamos, en otras consideraciones, que “Huelga aclarar que tal accionar de elementos de la AFI es contrario a los normado en la Ley Nacional de Inteligencia, además de configurar diversos delitos”.

Y resaltamos que “En este sentido, debemos recordar la nota presentada semanas atrás ante esta comisión, en la cual se puso en conocimiento del Sr. Presidente información relacionada que involucraba a la AFI en posibles actividades ilegales, específicamente: En efecto, la misiva refiere que fiscales de Lomas de Zamora realizaron diversas visitas a la sede de la SIDE –AFI- en el marco de la causa que involucra a Pablo Moyano, y que la finalidad de esas reuniones era organizar la detención del mencionado. También señala la carta que en una de esas visitas se habrían reunido con el contador Dipascuale”.

Hacemos referencia a otra presentación realizada por los suscriptos ante la Comisión Bicameral, a través de la cual se puso en conocimiento de su presidente, senador Juan Carlos Marino, un anónimo recibido por uno de sus integrantes con fecha 15/08/18.

En esa presentación se expresó: “En efecto, la misiva refiere que fiscales de Lomas de Zamora realizaron diversas visitas a la sede la SIDE –AFI- en el marco de la causa que involucra a Pablo Moyano, y que la finalidad de esas reuniones era organizar la detención del mencionado. También señala la carta que en una de esas visitas se habrían reunido con el “contador Dipascuale”. Debo resaltar que al recibir la misiva de forma anónima y al no poder corroborar la verosimilitud de la información decidí, en su momento, no remitirla a la comisión. Ahora bien, dos meses después de recibir el correo, la información contenida se tornó verosímil en virtud de los hechos de público conocimiento: un fiscal de Lomas de Zamora pidió la detención de Pablo Moyano. Y no solo eso, el propio Juez de la causa, Luis Carzoglio, hizo referencia a funcionarios que son mencionados en la carta, a la vez que denunció que fue amenazado de muerte”.

Las solicitudes cursadas a la Comisión Bicameral nunca fueron atendidas. En el mes de febrero del corriente se presentó ante la bicameral una nueva solicitud a fin que la AFI informe “sobre las visitas de fiscales de Lomas de Zamora a la sede de la SIDE –AFI- en el marco de la causa que involucra a Pablo Moyano, y particularmente del “contador Dipascuale” y “el detalle de las reuniones que las autoridades del Agencia Federal de Inteligencia mantuvieron con funcionarios judiciales entre los meses de junio y octubre del año 2018”.

Posteriormente, en el mes de febrero, el portal El Destape publicó que “El juez Luis Carzoglio denunció presiones por parte de Mauricio Macri a través de dos agentes de inteligencia para que detuviera a Pablo Moyano. El Destape accedió a los nombres de esos espías, hasta ahora desconocidos. Se trata de Juan Sebastián De Stéfano y Fernando Di Pascuale. Este medio también pudo averiguar que se trata de dos directores de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI)…” (https://www.eldestapeweb.com/macri-envio-espias-presionar-al-juez-carzoglio-que-detenga-moyano-n56511)

Ante esta situación, y la falta de respuesta por parte de la Agencia Federal de Inteligencia, los suscriptos reiteramos las solicitudes a la comisión bicameral a fin que cite al titular de la AFI con el objeto que informe respecto de esta grave situación.

Con fecha 04/04/19, con motivo de nuestros reiterados requerimientos y atento -también- al escándalo de espionaje ilegal que investiga la justicia federal de Dolores, se celebró un plenario de la Comisión Bicameral con la presencia del titular de la AFI, Gustavo Arribas y su segunda, Silvia Majdalani.

En lo que aquí respecta, corresponde mencionar que durante esa reunión el titular de Inteligencia reconoció los hechos que antes describimos, en concreto, que dos agentes de la Agencia visitaron al juez Luis Carzoglio por directivas suyas.

Ratificaron lo que había señalado el propio juez Carzoglio, en cuanto a que fueron Juan Sebastián Destéfano y Fernando Di Pascuale los funcionarios de la AFI que lo visitaron.

La versión taquigráfica de la reunión le mostrará a V.S. la pueril argumentación que esbozaron en carácter de explicación, aunque diferentes medios periodísticos dejaron trascender algunos detalles en ese sentido: “Revelan que dos directivos de la AFI visitaron al juez Carzoglio por la causa de Pablo Moyano – https://www.clarin.com/politica/revelan-directivos-afi-visitaron-juez-carzoglio-causa-pablo-moyano”, “Arribas y Majdalani confirmaron que mandaron dos agentes de la AFI a “visitar” a Carzoglio por la causa Moyano – https://www.eldestapeweb.com/congreso/arribas-y-majdalani-confirmaron-que-mandaron-dos-agentes-la-afi-visitar-carzoglio-la-causa-moyano-n58223”.

Este último medio señala: “Según explicaron los titulares de la AFI, que depende directamente de Mauricio Macri, se habían enterado por los medios que lo podían detener a Moyano y enviaron a los directivos del organismo porque había rumores de un paro contra el Gobierno y querían controlar los presuntos disturbios…”.

Enviar a dos altos funcionarios, con rango de director, uno en el área jurídica y el otro especialista en prevención de lavado de activos, a fin de averiguar por un posible paro y disturbios, entraría en el terreno de lo insólito sino fuera por su extrema gravedad, pero en lo que importa aquí revela claramente que se trataba de un asunto de máxima importancia para la AFI, y no una simple tarea de reunión de información, aun fuera de la ley.

No debemos soslayar que el propio magistrado afirma que: “En ese momento me anticiparon que me iban a enviar un borrador con la orden de detención para facilitarme la tarea. A las dos horas tuve el borrador ese. Después tuve dos o tres intercambios por WhatsApp con Di Stéfano. En uno me preguntó si yo necesitaba algo y en el otro si ya me había llegado la causa. (…) Ellos actúan por instrucciones de un superior. No puede ser que la Agencia Federal de Inteligencia actúe de forma autónoma a la Presidencia”. N(https://www.perfil.com/noticias/politica/juez-luis-carzoglio-afirmo-que-en-afi-estaban-obsesionados-con-detener-a-pablo-moyano.phtml).

También: “Me sorprendió gratamente que hayan reconocido que mandaron gente a verme (…) Pero la explicación que me dieron cuando vinieron a verme fue totalmente distinta a la que Arribas brindó a los legisladores (…) Venían a verme porque el presidente de la Nación estaba interesado en la detención de Moyano. Uno de los dos, creo que Di Pascuale, dijo ‘estamos obsesionados con la detención’ (…) Lo que le podemos ofrecer es un borrador de la orden de detención para facilitar su tarea, recordó que le dijeron los espías. Dos horas después “vino una secretaria con la copia del borrador en un sobre cerrado”. Carzoglio aclaró que junto a su abogado decidieron conservar ese borrador en una caja de seguridad del banco. Tenemos dos borradores, uno que oportunamente le hicieron llegar al doctor (Gabriel) Vitale, de Lomas de Zamora, y otro que me entregaron a mí. Es casi el mismo texto, puntualizó”. (https://www.pagina12.com.ar/185604-espias-que-les-ahorran-trabajo-a-los-jueces).

En suma, el reconocimiento de Arribas y Majdalani de la actividad ilegal de los funcionarios de la AFI Destéfano y Di Pascuale, y asumir la responsabilidad de la orden para ejecutarla, plantea la confirmación de los hechos que denunció oportunamente el juez Carzoglio y que no se encuentran siendo investigados en sede jurisdiccional ya que sólo se estaría analizando en el ámbito de la Procuración de la Provincia de Buenos Aires.

Asistimos como miembros de la Bicameral al reconocimiento de responsabilidad en un hecho de extrema gravedad institucional, que involucra directamente al actual presidente de la Nación Mauricio Macri, utilizando la Agencia Federal de Inteligencia para presionar jueces y lograr el encarcelamiento de opositores políticos. Situación que es de público y notorio desde el comienzo de esta administración, pero que ahora presenta pruebas irrefutables del plan delictual ejecutado, que incluyen hasta confesiones de los propios involucrados, como es el caso que nos ocupa.

En este caso, no encontramos ante la comisión de una gran cantidad de delitos, que involucran a diversos funcionarios del Estado, como se expresó ut supra.

 

         IV-CALIFICACIÓN LEGAL

Que, en razón de lo expuesto, y sin prejuicio de la calificación definitiva que V.S. entienda corresponda asignar a los hechos, consideramos que las conductas descriptas podrían encuadrar en las siguientes normas.

En primer lugar, la Ley Nacional de Inteligencia, N° 25520, que establece en su artículo 4, inciso 3: “Ningún organismo de inteligencia podrá: Influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo”.

Asimismo, lo establecido por el artículo 5 bis: “…Los funcionarios de los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia que infrinjan deberes y obligaciones de sus funciones o no sean informadas en los términos previstos en el párrafo anterior incurrirán en responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal. La obediencia debida no podrá ser alegada como eximente de responsabilidad”.

También, lo normado por el Código Penal de la Nación. En primer lugar lo establecido por el art. 248: “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.

Asimismo: “Será reprimido con prisión de uno a seis años, el que directa o indirectamente diere u ofreciere dádivas en procura de alguna de las conductas reprimidas por los artículos 256 y 256 bis, primer párrafo. Si la dádiva se hiciere u ofreciere con el fin de obtener alguna de las conductas tipificadas en los artículos 256 bis, segundo párrafo y 257, la pena será de reclusión o prisión de dos a seis años. Si el culpable fuere funcionario público, sufrirá además inhabilitación especial de dos a seis años en el primer caso y de tres a diez años en el segundo”. (Art. 258).

El art. 256 bis, segundo párrafo, establece “Si aquella conducta estuviera destinada a hacer valer indebidamente una influencia ante un magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, a fin de obtener la emisión, dictado, demora u omisión de un dictamen, resolución o fallo en asuntos sometidos a su competencia, el máximo de la pena de prisión o reclusión se elevará a doce años”.

 

 

  1. PRUEBA

 Solicitan:

– Se requiera a la Agencia Federal de Inteligencia el legajo de los agentes Juan Sebastián De Stefano y Fernando Di Pascuale.

– Se requiera a la Comisión Bicameral de Fiscalización de los organismos y Actividades de Inteligencia copias de las notas enviadas por los suscriptos.

– Se requiriera a la Comisión Bicameral de Fiscalización de los organismos y Actividades de Inteligencia copia de la versión taquigráfica de la reunión plenaria del día 04/04/19.

  • Se cite a prestar declaración testimonial al juez Luis Carzoglio.

Acompañan:

 

  1. PETITORIO

Es por todo lo expuesto que solicitamos:

1.- Se tenga por interpuesta la presente denuncia en los términos del artículo 174 del Código Procesal Penal de la Nación.

2.- Se remita la presente al Juzgado Federal en turno.

3.- Se produzca la prueba ofrecida.

4.- Que luego de ello se cite a declarar en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación a los sujetos denunciados.

 

Proveer de Conformidad

                                       SERA JUSTICIA

 

 


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