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CRISTINA: Ensañado, el TOF-2 que la condenó se hunde en el ridículo y la ignominia

POR GREGORIO DALBON

El TOF N.º 2 acaba de protagonizar una escena que quedará en los manuales de la infamia judicial: Recibieron 702 mails de ciudadanas y ciudadanos que, de manera espontánea, pidieron visitar a Cristina en su prisión domiciliaria.

 ¿Qué hizo el tribunal?

No respondió ninguno. No procesó las solicitudes. No garantizó ningún derecho. En cambio, notificó a sus abogados —Dres. Alberto Beraldi y Ary Llernovoy— que ella misma debe enviar, los pedidos con los datos personales de cada visitante.

Como si se tratara de una mercadería humana a revisar. Como si la voluntad de Cristina necesitara supervisión. Como si el afecto popular fuera un problema a gestionar, no una manifestación legítima de amor político.

¿Para qué necesita permiso quien tiene el derecho soberano de decidir? Si es Cristina quien selecciona, propone y desea recibir… Si la Constitución no limita ese derecho… Si el mundo entero sabe que es víctima de una persecución judicial… ¿Por qué se le impone un trámite de autorización judicial previa que ni siquiera recae sobre genocidas?

Es una medida sin ley. Un castigo sin delito. Este régimen de visitas no tiene fundamento en ninguna norma del derecho argentino. No está contemplado en la Ley 24.660 (Ejecución de la Pena). Ni siquiera se ajusta a los reglamentos del Servicio Penitenciario Federal. Mucho menos a los estándares internacionales de Naciones Unidas o la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Se trata de una regla inventada por el tribunal, con apariencia legal, pero motivación política. Una regla hecha a medida del ensañamiento. Lo que no pueden impedir por vía electoral, lo intentan suprimir por vía judicial. Lo que no pueden contener en las urnas, buscan disciplinarlo con vallas.

Una líder mundial bajo ataque. Un pueblo movilizado. Una comunidad internacional en alerta. Cristina Fernández de Kirchner no es una ciudadana más. Es la ex presidenta de la Nación Argentina. Es una referente global, una voz escuchada en foros internacionales, una figura admirada por millones en América Latina, Europa y el mundo.

Imponerle este régimen no solo es una violación al artículo 5.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que exige respeto a la dignidad de las personas privadas de libertad. Es también una forma de aislamiento político y simbólico, que busca destruir lo que no pueden derrotar democráticamente: su liderazgo, su voz, su relación con el pueblo.

La Corte Europea lo ha dicho con claridad: “la prisión domiciliaria no justifica el aislamiento”. El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha señalado que restringir visitas sin base legal constituye trato cruel e inhumano. La Corte Interamericana ha advertido que toda forma de encierro debe ser compatible con el mantenimiento de la vida política y afectiva de la persona detenida.

La verdad es clara: no es una medida de seguridad. Es control. Es censura. Es proscripción. Al exigirle que pida permiso para recibir visitas, y al mismo tiempo reservarse el poder de impedirlas, el tribunal aplica un modelo de autorización negativa: Te dejamos elegir, pero solo si aprobamos tu elección. Te damos voz, pero solo si no se escucha. Te concedemos el derecho, pero solo si no lo ejercés.

El pueblo habló. Cristina no está sola. Y la historia ya eligió su lugar. 702 mails no son un trámite. Son una bandera. Un grito colectivo que atraviesa fronteras. Son las manos de la historia tocando la puerta del domicilio de una líder. Son la prueba de que ninguna tobillera puede detener una causa justa. Son la señal de que, pese a los barrotes judiciales, Cristina sigue siendo libre porque el pueblo la ama, la cuida y la acompaña.

Conclusión: Frente al mundo, queda expuesto el verdadero rostro de este tribunal: no están impartiendo justicia. Están ejecutando castigos. Pero fracasarán, como fracasaron quienes intentaron callarla antes. Porque los tribunales pueden retener una visita. Pero jamás podrán encerrar un legado.

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