Ganon (foto) fue elegido por concurso público Defensor General de la Provincia de Santa Fe en el año 2012. Desde allí denunció la connivencia del Gobierno Socialista (Binner/Bonfatti/Lifschitz/comisarios Tognoli, Ledesma y Fernández) con el narcotráfico, los casos de violencia institucional (Santa Fe registra durante las administraciones socialistas cuatro desapariciones forzadas: La de Paula Perassi, la de Franco Casco, la de “Pichón” Escobar y la de Valentín Reale); fue un impulsor de todas las acciones ante los organismos internacionales de Derechos Humanos denunciando estos hechos, y en relación a los cuales el “primer estado socialista” ha debido comparecer mediante su ministro de Justicia para dar explicaciones.
La provincia de Santa Fe tiene una tasa de homicidios que duplica la media nacional. La tasa de la ciudad de Rosario la triplica y es un tercio superior a la de los lugares más violentos del con urbano bonaerense.
Ganon denunció la complicidad del Poder Judicial y de personeros de la Corte santafesina como Rafael Gutiérrez y Daniel Erbetta en cubrir con impunidad los hechos de violencia vinculados al narcotráfico, y resaltó la represión política judicial y policial hacia los sectores más vulnerables de la población, los jóvenes y los pobres. Durante cuatro años los sectores por el denunciados, el entramado político, judicial y del narcotráfico, fueron limando su accionar tratando de destituirlo, lo que consiguieron finalmente en una Asamblea Legislativa el pasado mes de noviembre. Ganon recurrió dicha decisión ante la Corte Provincial. Una veintena de organismos de Derechos Humanos (Madres, abuelas, HIJOS, Familiares, APDH, MEDH, Comisión Provincial por la Memoria) y víctimas particulares, recurrieron a la Comisión Interamericana de DDHH pidiendo una medida cautelar que lo reponga en el cargo.
Curiosidades: los legisladores socialistas Silvia Ausburguer y Rubén Giustiniani (foto) se opusieron a la remoción de Ganon. Es necesario destacarlo porque a Giustiniani siempre se lo catalogó como el ala derecha del partido, pero nuestras fuentes en Santa Fe subrayan que se trata de un político honesto y que es uno de los pocos que protestó con vehemencia cuando Binner, Bonfatti y Lifschitz transaron con La Santafesina SA y aceptaron establecer acuerdos económicos con La Gorra. También aseguran dichas fuentes que dentro del Partido Socialista Giustiniani se opuso a la campaña que el gobierno de la provincia motorizó contra Ganon y el fiscal Juan Patricio Murray tras la detención del comisario Hugo Tognoli y que se sustanciaran causas contra él y sus socios. Así fue que en las cercanías de los domicilios de Ganon y Murray aparecieron pintadas que rezaban: “Murray y Ganon, socios de los Cantero”, en alusión a la familia dominante en la llamada “Banda de los monos”. Dichas pintadas no las habrían hecho militantes socialistas sino personal de la División Judiciales de la Unidad Regional II de la Policía rosarina al mando del comisario Cristian “Carancho” Romero.
Los dejo con la noticia, publicada en Rosario 12:
Palo Oliver no votó la suspensión de Ganón porque hubo “cosas fuera de lugar”
Les avisó que era una mala decisión
El único legislador radical que votó en contra de suspender al Defensor general asegura que sus compañeros de bloque no se lo perdonan, y adelantó las sanciones que puede afrontar la provincia por remover a un funcionario de ese modo.
Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
El diputado de la UCR Fabián Palo Oliver reveló otra parte de la trama política que desplazó de su cargo al jefe del Ministerio Público de la Defensa Gabriel Ganón, el 24 de noviembre. Ya el senador del PJ Ricardo Kaufmann había dicho que en la sesión conjunta de ambas Cámaras que suspendió al magistrado sucedieron “cosas fuera de lugar” y que su defensa de Ganón le había costado la presidencia de la comisión de Acuerdos. Y ahora, el radical relató los “problemas” que tiene con sus colegas de bloque porque él fue uno de los trece legisladores que rechazaron el castigo al defensor provincial, lo consideró un “acto de injusticia” y hasta advirtió que podría terminar en “una sentencia contra Santa Fe por esta equivocada decisión”.
“En realidad, lo que pasa conmigo es que (los diputados del radicalismo) no se bancaron que yo no haya acompañado la suspensión de Ganón y del fiscal (regional de Reconquista, Eladio) García. Lo hago público porque lo que discuto en un cuartito, también lo digo (en los medios) y al que no le gusta, lo siento”, sorprendió Palo Oliver.
Los trece legisladores que impugnaron la sanción a Ganón fueron seis diputados peronistas: Silvia Simoncini, Patricia Chialvo, Germán Baccarella, Roberto Mirabella, Claudia Giaccone y Julio Eggimann, los socialistas Silvia Augsburger y Rubén Giustiniani, Carlos Del Frade y Palo Oliver, el único radical que desafió a sus pares. Y se abstuvieron los senadores del PJ Kaufmann y Guillermo Cornaglia y el diputado de la Coalición Cívica, Ariel Bermúdez, quien advirtió que la “suspensión” estaba al margen de la ley, por lo tanto, la consideró una “remoción encubierta”.

En el programa de TV “Rueda de prensa”, Palo Oliver dijo que no estaba “cómodo” en el bloque de la UCR y que una de las causas del malestar era su defensa de Ganón. “Confieso que hago suficientes esfuerzos porque es un bloque donde no estoy cómodo. Ni ellos están cómodos conmigo, ni yo con ellos. Es un bloque donde convivimos trece expresiones distintas del radicalismo, donde la mayoría está en lo que hoy se identifica como Cambiemos”, comentó.
-‑¿Que le cuesta más? ¿Que ellos no estén cómodos o que usted no esté cómodo? -le preguntó un colega.
-‑Yo hago la mía. Me jode que no estén cómodos conmigo. Las incomodidades que tengo las supero trabajando. Mientras aceptemos cómo son las cosas no tendría que haber problemas. En realidad, conmigo pasó que no se bancaron que yo no haya acompañado la suspensión de Ganón y del fiscal García. Lo hago público, porque a mi no me gusta (el doble discurso), lo discuto en un cuartito, también lo hablo acá (en los medios) y al que no le gusta, lo siento -contestó Palo Oliver.
“Conmigo no se bancaron” la defensa de Ganón. “No aceptan que yo no haya votado” la suspensión del defensor provincial. “Yo di la discusión en el recinto, planteé cuál era el problema y algunos no se lo bancaron. El problema es de ellos, si se enojan ya se les pasará y si no se les pasa nunca, lo siento mucho”, agregó el legislador.
En el debate del 24 de noviembre, Palo Oliver se enojó por el hostigamiento de otros dos radicales: el senador Lisandro Enrico, denunciante de Ganón y el vicegobernador Carlos Fascendini, que presidió la asamblea. “¿No me van a dejar hablar?”, les preguntó. Y rechazó la suspensión a Ganón “desde la responsabilidad y el sentido común” porque “cuando llegue una sentencie que condene a Santa Fe por la equivocada decisión de esta Legislatura quiero que se recuerde que hubo legisladores que advertimos y no fuimos escuchados”, dijo.
A Ganón no lo denunciaron por “actos cuestionables”, al contrario, sus detractores consideran que “no es un buen ejemplo” y “hay que disciplinarlo” en un “mensaje claro de advertencia a los demás funcionarios del Poder Judicial”. “El proceso ha burlado las garantías más esenciales” que tiene Ganón y que “nosotros, como legisladores exigimos a los magistrados que respeten” como el “derecho de defensa”.
“Al doctor Ganón no se le presentó el formal instrumento de acusación, se le exigió una defensa respecto a simples denuncias que no cumplían las exigencias que la propia ley establece. En estos términos no se puede avanzar con el procedimiento” porque “cualquier sanción que se imponga” -como la que se votó‑ es “un acto de injusticia” y por lo tanto, nulo, cerró Palo Oliver.
lo de Ganón está relacionado con la “contrarreforma” que quieren implementar en Santa Fe los “socialistas” y radicales
Nueva reforma al Código Procesal Penal
El poder a la policía y a los fiscales que negocian condenas
En 2007 la legislatura santafesina modificó la ley de Procedimientos Penales, y la reforma se puso en vigencia a comienzos de 2014. Se basa en el sistema “acusatorio” (el fiscal investiga y acusa, y el juez dictamina), y supuestamente en la “oralidad”. Hace un par de meses el Senado aprobó una segunda modificación que está en tratamiento en la Cámara de Diputados. Los mismos que votaron la primera reforma nos dicen que ahora sí van a acabar con el delito y con la llamada “puerta giratoria”, por la cual los delincuentes entran y salen.
Quizás muchos imaginen que con estas reformas del sistema con juicios orales, los ciudadanos podríamos presenciar los debates entre acusadores y acusados, tal como en las series norteamericanas de televisión. La primera sorpresa que nos podemos llevar es que sólo en un 3% de los casos se hacen juicios públicos orales, mientras que el 97% de las condenas ni siquiera se deciden en los Tribunales, sino que se negocian en los bares cercanos. No es una exageración: el fiscal y el abogado defensor se reúnen en privado y pactan la tipificación del delito y los años de condena del Imputado. El sistema se denomina “juicio abreviado” y habrá que reconocerle una notable eficiencia en cuanto a la celeridad. Se cierra la investigación, sin profundizar más en lo que realmente ocurrió, el acusado reconoce una parte del delito a cambio de “aceptar” una condena reducida, y el fiscal se saca de encima un cúmulo de trabajo. Luego el juez “homologa” por escrito el acuerdo, y a otra cosa.
Respecto de estos juicios abreviados, el Defensor General de la Provincia, Dr. Gabriel Ganón ha expresado: “A veces una persona accede a un acuerdo y no es culpable. Otras el imputado es culpable de conductas mucho más graves y le dan una condena débil. Hay que poner un límite a las condenas por las que puede realizarse abreviadas, porque evita que hechos graves puedan resolverse sin el conocimiento público. Lo saludable en una causa es que toda la población pueda verla y tener contacto con la realidad”. Lamentablemente la reforma propuesta por el Senado no fue en ese sentido, sino en el contrario.
Uno de los problemas más graves de nuestro sistema judicial consiste en que es la propia policía la que realiza la investigación, no una policía judicial como se ha propuesto sin éxito, sino la misma que opera en la calle. No la de los “justicieros” que muestran en las series norteamericanas, sino la misma que pacta con las bandas narco y las cadenas de trata. La misma que vemos en los noticieros cuando se rompe algún pacto y son apresados los “policías delincuentes”. La policía que tortura a los detenidos, por “escarmiento” o para hacerlos “cantar” lo que hicieron o lo que no hicieron. Que confiesan cualquier cosa para que dejen de pegarles.
En 2015 el Ministerio Público de la Defensa registró 503 casos de golpizas y otras formas de tortura en la provincia. Vejámenes que fueron denunciados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y que en algunos casos han derivado en la muerte de la víctima o en graves secuelas.
Proyecto de reforma que agrava los problemas
El Proyecto de reforma al Código Procesal Penal que ahora debe tratar la Cámara de Diputados no resuelve ninguno de los problemas del anterior sino que los agrava. Sus impulsores se posicionan en el concepto de “mano dura”, renegando de nuestro sistema “garantista” de presunción de inocencia. Banalizan el hecho de introducir artículos abiertamente reñidos con la Constitución Provincial, la Constitución Nacional y los pactos de Derechos Humanos firmados por la Argentina. Mencionamos las contradicciones que consideramos más graves del proyecto:
1) Ampliación del tiempo de detención por la policía sin que actúe el juez, de 24 a 72 h extensibles a 96 h (art. 274), y sin recurso de apelación alguno. Cuestión que además de ser inconstitucional, viola derechos y expone a los detenidos a mayores riesgos de apremios ilegales.
2) Ampliación de casos de prisiones preventivas prolongadas sin sentencia (art. 221), eliminándose la finalización automática de la misma cuando vencen los plazos legales (art. 227). Desde el Programa “Delito y sociedad” de la UNL, se dice que “la prisión preventiva es la medida cautelar más gravosa que puede aplicarse en el proceso penal y está destinada a asegurar el desarrollo del mismo y no puede ser considerada un anticipo de pena”. Se la aplican sin pruebas ni proceso a Milagro Sala en Jujuy y ni se le pintan los dedos a Marcelo Vorobioff en Santa Fe, que está procesado por administración fraudulenta y peculado en el Ente Portuario, con pruebas contundentes.
3) Implementación de un “Registro público de libertades” (nuevo art. 218), que sería una especie de lista negra de todas aquellas personas que hayan sido detenidas y liberadas, aun cuando el imputado haya sido declarado inocente. Se decreta así una especie de “muerte civil” por “sospechado”, sólo por haber sido detenido. Esto además de ser inconstitucional por violar el principio de inocencia, contradice el Código Penal Argentino (art. 51).
4) Imposibilidad de acceso apropiado al legajo fiscal por parte del defensor público, para poder asistir al acusado en la audiencia acusatoria, a consecuencia de la “reserva” (secreto) en Fiscalía del expediente por diez días, extensibles a 20 (art. 259). Se privan así del Derecho a la Defensa, lo cual también es inconstitucional.
5) Reducción o eliminación total de la pena al imputado que oficia de “delator”, a través del aporte de información que permita procesar a alguien con mayor responsabilidad penal (art. 19). Esto se realiza a través de una negociación secreta con el fiscal, que puede operar con total discrecionalidad, ofreciendo impunidad a cambio de información. Cuestión que también podría facilitar actos de corrupción a todo nivel.
6) Utilización de “agentes encubiertos”, que se infiltrarían en organizaciones delictivas con nombres falsos (art. 368), y que para ganarse la confianza de los integrantes de la banda quedan autorizados a cometer delitos. Teóricamente todo se realiza con conocimiento y control del fiscal. Si bien el infiltrado no queda autorizado a asesinar, podría ser parte de una banda que asesine, mientras él no sea quien apriete el gatillo. De esta manera se permite delinquir a un agente público, lo cual además de inconstitucional puede tornarse incontrolable.
7) Potenciación de la autonomía policial en las investigaciones criminales, en desmedro del fiscal y sin participación alguna del juez, lo cual se generaría mediante dos mecanismos:
– La flexibilización de las autorizaciones para realizar allanamientos (art. 169). Se amplían los horarios a las 24 horas del día (ahora, salvo excepción, es de 8 a 20 h), y no se requiere constancia judicial firmada con obligación de exhibir. Bastaría un llamado telefónico del fiscal o un mensaje electrónico.
– La obligatoriedad del fiscal de aplicar los procedimientos de “flagrancia”, ante la mera declaración del policía interviniente (art. 379 bis), lo cual implica una condena casi segura dictaminada por un policía. Antes de esta reforma el Fiscal no estaba obligado a aceptar en forma automática la versión policial, sino que quedaba a su criterio.
8) Reducción aún mayor de la injerencia del juez en los juicios abreviados, a quien ahora se le dará sólo 5 días para dictar sentencia en base al acuerdo entre partes (art. 343), con lo cual queda limitado sólo a una función de homologación. También se amplía el ámbito de la negociación, que ya no sólo será de la pena en sí, sino también “del modo de ejecución aceptados”. O sea, el imputado puede negociar dónde y cómo cumplir la pena.
9) Ausencia de apoyo estatal para que las víctimas actúen como querellantes, lo cual afecta a los sectores carenciados económicamente. Al no preverse organismos públicos competentes, provistos de suficiente cantidad de profesionales al efecto, la supuesta ampliación de derechos de las víctimas como querellantes quedará sólo en el plano de la formalidad, salvo en el caso de sectores sociales de mayores recursos económicos.
Conclusiones finales
Consideramos que ninguna modificación legislativa puede realizarse haciendo abstracción de la realidad social e institucional en la que se va a aplicar. Nadie puede desconocer que entre los distintos sectores que intervienen en la sanción de un delito (Policía, Fiscalía, Defensa y Juzgado), la policía es el sector en el que se verifican las mayores irregularidades, deficiencias y actos de corrupción. De modo que otorgarle mayor poder representa un acto de suicidio ciudadano e institucional. A su vez, retacear las garantías que la Constitución y los Tratados Internacionales otorgan a todas las personas, implica violentar nuestro sistema de Derechos Humanos, en aras de una supuesta mayor “seguridad”, que no va a ser tal.
El delito crece con las desigualdades sociales que se originan en el actual modelo de saqueo y exclusión, con la reducción del presupuesto educativo y con la hegemonía de medios de comunicación que estimulan el consumo compulsivo y la morbosidad en la difusión de los crímenes. Para combatirlos hay que revertir esta situación social y cultural, y formar una policía profesionalizada y concientizada de su función social de proteger al ciudadano.
Santa Fe, noviembre de 2016
Foro contra la impunidad y por la Justicia