El derecho a desflorar la floresta

Pájaro Rojo tiene en su poder documentos de la mencionada agencia de turismo porteña que ofrece excursiones de pesca al TIPNIS por más de 7 mil dólares por cabeza. Parece que los líderes indígenas de la reserva más que preservar la virginidad de la floresta quieren administrar sus encantos cono proxenetas, sin que el Estado meta sus narices…  


Dirigentes del TIPNIS defienden a empresas extranjeras

 

http://www.cambio.bo/noticia.php?fecha=2011-11-04&idn=57776

El veto al control del Estado en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis) plantearon representantes de la región como propuesta de reglamento de la ley corta, informó ayer el vicepresidente de la Subcentral Sécure, Pedro Vare.

«Como dice nuestra propuesta de reglamentación de la ley (del Tipnis): la intangibilidad se proyecta a aquellos considerados como amenazas de terceros o del Estado, como en el caso de la carretera», enfatizó Vare en contacto telefónico con este medio.

El dirigente hizo esas declaraciones en referencia al contenido de la propuesta presentada el lunes 31 de octubre al Gobierno, para la reglamentación de la Ley de Protección del Tipnis.      

El planteamiento del Gobierno apunta a que el carácter de intangibilidad del Tipnis permita recuperar para los bolivianos el área cuyos recursos naturales y turísticos son explotados por empresarios extranjeros, afirmó ayer la ministra de Autonomía, Claudia Peña. 

«Pareciera que el Tipnis es más para los extranjeros que para los bolivianos. Es prohibitivo para los bolivianos. Hay que tomar decisiones sobre el tema de empresas extranjeras que están explotando los recursos y que están ganando al parecer mucho dinero», explicó a Cambio la ministra Peña. 

Tanto la Ministra como el dirigente Vare mencionaron, por separado, que la intangibilidad está dirigida a evitar amenazas de «terceros» en el Tipnis. 

Según Peña, la propuesta gubernamental consigna como «terceros» a los extranjeros y a todo aquel ajeno al Tipnis que afecten el ecosistema. 

«Los dirigentes plantean que los empresarios que han firmado (contratos) con ellos no son terceros y se oponen a que se los saque del Tipnis», precisó Peña. 

Vare rechazó que se catalogue como «terceros» o «amenazas» a los empresarios extranjeros.

«Esos proyectos van sí o sí, porque nos fortalecen; nos ayudan a renovar nuestros recursos naturales. Al final, son ellos (los comunarios) los que deciden, los que determinan la estructura, la operación de un proyecto, y ellos lo defienden», respondió Vare ante la consulta, y confirmó el rechazo de los dirigentes del Tipnis a la propuesta gubernamental referida a la presencia de foráneos en el lugar. 

Vare reconoce explotación irregular

El vicepresidente de la Subcentral Sécure, Pedro Vare, reconoció que se perdió el control sobre la explotación maderera en el Tipnis.

«Es complejo para nosotros hacer fiscalización, hacer un control, porque estamos acá (en Trinidad) y las operaciones son en el monte», dijo Vare. 

Aseguró que algunos dirigentes y comunarios fueron involucrados en la explotación irregular de recursos naturales. 

«Algunos dirigentes, algunos empresarios vivillos, negociaban directamente con los comunarios», reconoció.

Vare firmó el contrato con la empresa de turismo Untamed Angling, que opera en el Tipnis. También es uno de los líderes de la marcha que llegó a La Paz para impedir la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, a través del parque.

 

Los contratos para depredar el Tipnis

 

Editorial de diario Cambio.-

http://www.cambio.bo/noticia.php?fecha=2011-11-04&idn=57744

 

La doctrina penal establece que para determinar si alguna conducta humana puede ser considerada como «típica», es decir que se ajuste a lo establecido como delito en una ley, es necesario que haya una acción (u omisión),  que se dé un resultado, un nexo causal y un comportamiento antijurídico. Si se aplica esta fórmula a los contratos firmados por dirigentes indígenas del Tipnis con empresas madereras, turísticas y de explotación de lagartos se puede concluir, a manera de hipótesis, que hay una acción típica que debe ser investigada. 

La pasada semana, patrullas militares y geógrafos con mapas satelitales reunieron pruebas de la presencia —en el corazón del Tipnis— de industrias que depredan madera preciosa en un área de 70 mil hectáreas con ayuda de tractores y aserraderos; un turismo extensivo (sólo para extranjeros adinerados) promocionado desde Argentina, concesiones por encima del Estado a empresas por más de 20 años y matanza de lagartos.

Todas estas actividades, según documentos de la Agencia para el Desarrollo de las Macrorregiones y Zonas Fronterizas (Ademaf), se realizan con aval de los dirigentes indígenas del Parque. Por ejemplo, la empresa Untamed Angling SA instaló un hotel de lujo que promociona desde Argentina y cobra $us 7.600 por persona para visitar el Tipnis y pescar. De ese monto entrega (en una especie de impuesto) $us 200 a los dirigentes indígenas, según Ademaf.  

En otro caso, un contrato entre los dirigentes del Tipnis (que figuran como vendedores) y la empresa privada Suri establece el pago de $us 100 a los indígenas por metro cúbico de madera mara (preciosa) talada; por cedro y roble, $us 60. El contrato prohíbe a los originarios vender esos árboles a otra empresa, es decir, se pactó exclusividad.  A esas industrias se les otorga dominio de esa parte del territorio, inclusive por encima del Estado. Por ejemplo, el hotel de empresarios extranjeros tiene el control monopólico de unos 80 kilómetros del parque. 

En ese contexto, si se aplica la doctrina penal para ver si hay o no una acción típica en las conductas de los indígenas del Tipnis que firmaron esos contratos se puede aplicar la siguiente fórmula: 

a) Para determinar si hubo esa acción típica debe existir una acción, es decir, debe darse la manifestación de la voluntad que produzca un cambio en el mundo exterior. En el ejemplo del Tipnis, sí se dio una acción, la cual consiste en la firma de contratos por voluntad de los dirigentes del Parque.

b) Un segundo requisito es que exista un resultado, es decir, que se dé un efecto de la conducta; que se registre un cambio en el mundo exterior causado por la manifestación de la voluntad. En el ejemplo citado, sí se dio un resultado: las empresas madereras saquean madera; la empresa turística sigue llevando turistas extranjeros y continúa la caza indiscriminada de lagartos. 

c) Un tercer factor es que se dé un nexo causal (es decir una relación entre la causa y el efecto). En el ejemplo, la causa es el contrato con las empresas, y el efecto, la depredación en el Tipnis.

d) Un cuarto requisito para ver si se dio una acción típica es que la conducta se estrelle contra el ordenamiento jurídico; que no esté conforme a derecho (este aspecto no toma en cuenta los móviles del sujeto o sus propósitos). En el ejemplo de los dirigentes del Parque que firmaron contratos se puede notar que esos pactos van contra la Constitución Política del Estado, que en su artículo 9, inciso 6, indica que son atribuciones esenciales del Estado «promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales e impulsar su industrialización», y contra el artículo 298, que dice que es competencia exclusiva del nivel central del Estado lo referido a recursos naturales estratégicos, «áreas protegidas» y «reservas fiscales respecto a recursos naturales». 

Además, el Código Penal tipifica como conducta antijurídica la destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional (como los recursos naturales); sanciona las contribuciones y ventajas ilegítimas (cuando un dirigente obtiene ventajas económicas en su beneficio o para terceros).  A ello se añaden las normas jurídicas que sancionan el no pago de impuestos.

Por lo expresado, los contratos firmados por los dirigentes indígenas del Tipnis pueden ser interpretados  —a manera de hipótesis— como acciones típicas que deberían ser investigadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional y el Ministerio Público. 

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